Salud | Provincia de Buenos Aires
Source: http://www.ms.gba.gov.ar
Archived: 2026-04-23 14:58
Salud | Provincia de Buenos Aires
Pasar al contenido principal
Inicio
SALUD
(221) - 429 2700
Av. 51 N° 1120 entre 17 y 18 - La Plata (1900)
INFORMES Lunes a Viernes de 7 a 18 hs
MESA DE ENTRADAS Lunes a Viernes de 8 a 18 hs
https://www.facebook.com/saludbap
https://twitter.com/saludbap
https://www.instagram.com/saludbap/
https://www.youtube.com/channel/UCGn4U8_ngTYehLUbzzy4yzQ
Cuidamos la salud de los bonaerenses, a partir de la prevención, promoción y el ordenamiento de la demanda, mediante nuestros programas y efectores sanitarios.
SECCIONES DE PAGINA
Institucional
Autoridades
Organismos
Regiones Sanitarias
Legislación en Salud
Investigación y Docencia
Investigación
Docencia
Residencias
Estadísticas
Instituto Biológico
Servicios
Consultas
Denuncias
Trámites y Habilitaciones
Delegación DPACH
Llamados a Concursos
Licitaciones y Contrataciones
Prensa y Comunicación
Noticias
Boletines
Epidemiológicos
Personas Mayores
Salud Comunitaria/PNA
Infopan
Informes de Gestión
Contacto
ÚLTIMA NOTICIA
ver más noticias
USO INTERNO
Uso Interno
WEBMAIL
RECUPERO DE CONTRASEÑA
INTRANET
GESTIONES PERSONALES
GESTIÓN DE USUARIOS
DPTO. DE PATRIMONIO
FORMULARIO SAME
GDEBA
Áreas de Salud
Hospitales
Calendario de Vacunación
Red de Atención
Turnos Online
Repositorio Digital
Maternidad y Salud Perinatal
Aborto
Salud Sexual y Reproductiva
Salud Integral de las personas LGTB+
Sin mosquito, no hay Dengue
Sarampión
Se puede prevenir
Salud en la Niñez y Adolescencia
Cursos y Jornadas
Salud Mental y Consumos Problemáticos
Escuela de Gobierno en Salud
"Floreal Ferrara"
Doná Sangre
Salud sin Violencias
Acceso e Inclusión en Salud
Instituto Provincial del Cáncer
Salud Digital Bonaerense
Plataforma Digital de Fiscalización Sanitaria
Plan Quinquenal de Salud
Congreso Provincial de Salud
CUCAIBA
Los Licenciados en Óptica Ocular y Optometría que se encuentran habilitados a
matricularse
conforme lo prevé la resolución 1.723/22 dictada por la Subsecretaría de Gestión
de
la
Información, Educación Permanente y Fiscalización del Ministerio de Salud,
deberán
desarrollar su actividad en la Provincia de Buenos Aires con estricto apego a
las
incumbencias de su título.
Ello significa que, en ningún caso, podrán efectuar pronósticos ni diagnósticos
en
materia
oftalmológica (conf. resol. 1.221/13 del Ministerio de Educación de la Nación)
Normativas:
SCBA
Ópticos Oftalmólogos PBA
Resolución
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires
Pasar al contenido principal
Inicio
SALUD
(221) - 429 2700
Av. 51 N° 1120 entre 17 y 18 - La Plata (1900)
INFORMES Lunes a Viernes de 7 a 18 hs
MESA DE ENTRADAS Lunes a Viernes de 8 a 18 hs
https://www.facebook.com/saludbap
https://twitter.com/saludbap
https://www.instagram.com/saludbap/
https://www.youtube.com/channel/UCGn4U8_ngTYehLUbzzy4yzQ
Cuidamos la salud de los bonaerenses, a partir de la prevención, promoción y el ordenamiento de la demanda, mediante nuestros programas y efectores sanitarios.
SECCIONES DE PAGINA
Institucional
Autoridades
Organismos
Regiones Sanitarias
Legislación en Salud
Investigación y Docencia
Investigación
Docencia
Residencias
Estadísticas
Instituto Biológico
Servicios
Consultas
Denuncias
Trámites y Habilitaciones
Delegación DPACH
Llamados a Concursos
Licitaciones y Contrataciones
Prensa y Comunicación
Noticias
Boletines
Epidemiológicos
Personas Mayores
Salud Comunitaria/PNA
Infopan
Informes de Gestión
Contacto
ÚLTIMA NOTICIA
ver más noticias
USO INTERNO
Uso Interno
WEBMAIL
RECUPERO DE CONTRASEÑA
INTRANET
GESTIONES PERSONALES
GESTIÓN DE USUARIOS
DPTO. DE PATRIMONIO
FORMULARIO SAME
GDEBA
Áreas de Salud
Hospitales
Calendario de Vacunación
Red de Atención
Turnos Online
Repositorio Digital
Maternidad y Salud Perinatal
Aborto
Salud Sexual y Reproductiva
Salud Integral de las personas LGTB+
Sin mosquito, no hay Dengue
Sarampión
Se puede prevenir
Salud en la Niñez y Adolescencia
Cursos y Jornadas
Salud Mental y Consumos Problemáticos
Escuela de Gobierno en Salud
"Floreal Ferrara"
Doná Sangre
Salud sin Violencias
Acceso e Inclusión en Salud
Instituto Provincial del Cáncer
Salud Digital Bonaerense
Plataforma Digital de Fiscalización Sanitaria
Plan Quinquenal de Salud
Congreso Provincial de Salud
CUCAIBA
Los Licenciados en Óptica Ocular y Optometría que se encuentran habilitados a
matricularse
conforme lo prevé la resolución 1.723/22 dictada por la Subsecretaría de Gestión
de
la
Información, Educación Permanente y Fiscalización del Ministerio de Salud,
deberán
desarrollar su actividad en la Provincia de Buenos Aires con estricto apego a
las
incumbencias de su título.
Ello significa que, en ningún caso, podrán efectuar pronósticos ni diagnósticos
en
materia
oftalmológica (conf. resol. 1.221/13 del Ministerio de Educación de la Nación)
Normativas:
SCBA
Ópticos Oftalmólogos PBA
Resolución
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires